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Luego de haber padecido un infortunio vehicular, es común ver como los afectados acaban sufriendo lesiones que progresan hasta convertirse en secuelas. Motivado a esto, se hace fundamental el conocer sobre las compensaciones por incidente de tráfico que atañen en cada caso.
Las indemnizaciones por secuela en siniestros varían según la gravedad de las mismas. Razón por la que es indispensable contar con un médico especialista, que se haga cargo de estimar estos perjuicios.
También, es necesario contratar los servicios de un profesional del derecho que sea especialista en accidentes de tráfico, para que realice la solicitud correspondiente ante la aseguradora del culpable, de manera eficaz y precisa.
¿Cuáles son las consecuencias tras un accidente de tráfico y cómo se lleva a cabo su estimación?
Se entiende por secuelas en un siniestro, todas aquellas carencias físicas, orgánicas, intelectuales y sensoriales que afectan a un individuo. Tales consecuencias son el resultado de lesiones en el accidente que, si bien sanaron en su momento, con el tiempo evolucionaron en las prenombradas afecciones.
Las secuelas se identifican por ser carencias que perduran en un lapso de tiempo indefinido. Situación que no solo afecta a quien las padece, sino que además a sus familiares y amigos cercanos cuando las mimas son muy graves.
Las víctimas con lesiones de gravedad ameritan de otra persona que les preste la ayuda que necesitan, para poder desarrollar sus actividades habituales. Pues, por el estado de salud en el que se encuentran, son incapaces de desarrollar a plenitud su autonomía personal.
De cualquier modo, las secuelas deben ser estimadas por un perito médico que posea una especialización en valoración de perjuicios físicos. Siendo el mismo, el encargado de identificarlas. El cálculo de la cantidad correspondiente a la compensación por secuelas, estará sujeto al daño que haya padecido la víctima en el siniestro. A continuación, se detallarán cada uno de ellos:
Tipos de Consecuencias
En cuanto a secuelas por infortunio vehicular, estas se clasifican en dos tipos: secuela estética y secuela funcional. Cabe mencionar que en los casos en que los perjudicados presenten ambas consecuencias, estas deberán ser evaluadas y estimadas de manera individual.
Las cantidades a devengar que resulten de cada tipo de compensación, deberán sumarse y el monto final, será lo que la víctima podrá solicitar a quien resulte culpable del siniestro. Entendamos un poco más acerca de estos dos tipos de secuelas:
Estética
Dentro de este tipo de secuela se encuentran todas aquellas que acaban por afectar de manera negativa la apariencia de la víctima, luego del accidente de tráfico. Sin embargo, muchas de estas secuelas pueden ser tratadas, siendo la compañía aseguradora del culpable del incidente, la encargada de correr con todos los gastos de las cirugías.
De la misma manera, los desembolsos de las compensaciones que puedan tener lugar a causa de consecuencias padecidas, penderán del nivel de estas. Es decir, que tanta atracción producen al mirar de terceras personas, cuanto alteran estas a sus relaciones personales, o que tanto en general perjudican a la víctima.
Por esta razón, en el baremo de accidentes, en su apartado segundo, capítulo especial, se instruyen los niveles para los daños estéticos. Cada uno de ellos será esbozado a continuación con su respectiva puntuación, e iniciando con las más importantes y finalizando con las más ligeras:
- Puntuación: 50 – 41 (Importantísimo): Las consecuencias afectan totalmente la apariencia física de la víctima. Lo que conlleva a grandes alteraciones en su físico.
- Puntuación: 40 – 31 (Muy importantes): El perjudicado muestra una parálisis en la mayoría de su cuerpo. O en su defecto, se le han amputado varias extremidades ya sean superiores o inferiores, que perturban considerablemente su calidad de vida.
- Puntuación: 30 – 22 (Importante): La víctima tiene una movilidad reducida en partes de su cuerpo. Por lo que puede tener paraplejia o incluso amputaciones en algunas de sus extremidades.
- Puntuación: 21 – 14 (Medio): Consecuencias que son muy visibles a la vista de terceros como cicatrices en la cara u otras partes de la anatomía, que pueden denotarse con facilidad. Aquí también entran las amputaciones de múltiples dedos y ladeos acentuados.
- Puntuación: 13 – 7 (Moderado): Las cicatrices son poco visibles llegando a ser de hasta 10 cm de longitud, ya sea que se encuentren en las mejillas, brazos o piernas. Asimismo, abarca la disección de algún dedo, leves ladeos y entre otras lesiones de similar afectación.
- Puntuación: 6 – 1 (Ligero): Pequeñas cicatrices que persisten tras el subsanar de las heridas producto del incidente vehicular. Las mismas pueden ser de entre 1 a 2 cm, y estar ubicadas en cualquier parte del cuerpo como piernas, espalda, brazos, rostro, etc.
Funcionales
Estas son el tipo de secuelas que están emparentadas con la parte orgánica, psicológica y sensorial de un individuo luego de un siniestro. Incluso, puede llegar a manifestar más de dos secuelas concurrentes.
En otro orden de ideas, existen secuelas que pueden provocar el agravamiento de alguna otra patología que ya presentaba la víctima, con antelación al accidente. Siendo un claro ejemplo de ello, aquellas que entorpecen el movimiento normal del lesionado. En estos casos, la compensación básica que correspondería por ley, quedará reducida.
Daño básico propio a causa de infortunio vehicular
A efectos de saber cuál es la cantidad que la víctima de un accidente de tráfico puede solicitar por conceptos de compensación, se debe recurrir al baremo médico. Mismo, que está contenido en la Ley 25/2015, de 22 de septiembre, concretamente en la tabla 2.A.1. Siendo precisamente esta, donde figuran los puntos designados para cada secuela, según la ubicación de las lesiones y su gravedad.
De acuerdo con el razonamiento que se ha venido realizando, una vez que el médico especializado haya determinado la cantidad de puntos en total, se pasara a emplear el baremo económico que aparece en la tabla 2.A.2 de la antedicha Ley. Allí, están incluidas las cantidades de las compensaciones por las lesiones originadas a raíz del accidente.
Asimismo, se debe tomar en cuenta la edad que ostentaban las víctimas al momento de que ocurrió el infortunio.
Daño personal particular por secuelas de un infortunio vehicular en el baremo del año 2021
Dentro de las circunstancias de un siniestro, se puede generar un perjuicio personal particular por una secuela. Situación que causa que la indemnización se incremente según como sea el caso. En este sentido, tomarán mayor relevancia los que afecten en mayor medida la calidad de vida del lesionado.
En relación con esto, a continuación, serán nombrados cada uno de los daños personales particulares junto a su debida compensación, mismos que figuran en el baremo del año 2021:
Perjuicios Particulares | |
1. Daños morales complementarios por perjuicio psicofísico | |
Cuando una sola secuela alcanza al menos 60 puntos o el resultado de las concurrentes alcanza al menos 80 puntos. | De 20.228,11 € hasta 101.140,56 € |
2. Daños morales complementarios por perjuicio estético | |
Cuando alcanza al menos 36 puntos. | De 10.114,06 € hasta 50.570,28 € |
3. Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida ocasionada por las secuelas | |
Muy grave | De 94.819,28 € hasta 158.032,13 € |
Grave | De 42.141,90 € hasta 105.354,75 € |
Moderado | De 10.535,48 € hasta 52.677,38 € |
Leve | De 1.580,32 € hasta 15.803,21 € |
4. Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida de los familiares de grandes lesionados | De 31.606,43 € hasta 152.764,39 € |
5. Pérdida de feto a consecuencia del accidente | |
Si la pérdida tuvo lugar en las primeras 12 semanas de gestación | 15.803,21 € |
Si la pérdida tuvo lugar a partir de las 12 semanas de gestación | 31.606,43 € |
6. Perjuicio Excepcional | Hasta 25% |
Con el objetivo de lograr una mayor compresión, estas situaciones en las que las compensaciones aumentan, se explicarán a continuación:
Perjuicios excepcionales
Cuando existen daños que no figuren dentro del baremo de accidentes y que sean estimados como notables, los mismos serán igualmente compensados. Aunque, cabe destacar que esto será de forma proporcional, hasta en un 25% con respecto a las compensaciones por daño personal básico.
Pérdida del embarazo a consecuencia del accidente
Si una mujer embarazada pierde a su criatura a causa de un infortunio automovilístico, deberá ser compensada. La cantidad a la que ascienda de la indemnización, estará sujeta a si la perdida se originó antes o después de las 12 semanas de gestación.
Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida de los familiares de grandes lesionados
Cuando una víctima pierde por completo su autonomía personal a causa de la gravedad de sus lesiones, la misma requerirá de alguien quien lo ayude. Situación que por lo general asume un familiar. El daño personal se materializa cuando esta persona debe encargarse de manera continua de su pariente.
No obstante, hay que aclarar que tal compensación a causa de perjuicio moral, solo puede ser solicitada por la víctima lisiada.
Perjuicio moral por pérdida de calidad de vida ocasionada por las secuelas
Según como lo expone el artículo 107 de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, el daño moral por falta de calidad de vida, se origina cuando el lesionado ve como su autonomía personal se ve mermada. Esto como consecuencia de las secuelas que ha dejado el accidente.
A este respecto, dicha ley en su artículo 108, instaura los diferentes grados de daños morales por perdida de calidad de vida. Los mismos se muestran a continuación:
- Muy graves: Ocurre cuando se produce la pérdida total de la autonomía personal por parte de la víctima. Los casos más comunes son aquellos donde la persona acaba tetrapléjica, lo que la vuelve dependiente de otros individuos para poder completar sus actividades rutinarias.
- Graves: El lesionado es incapaz de realizar diferentes actividades para el desarrollo de su vida consideradas como cotidianas u ordinarias. Estas pueden ser tan simples como el desplazarse hacia otros lugares, comer, acostarse, levantarse, vestirse, en fin. Las personas con extremidades amputadas van incluidas en este grado, dado que quedan impedidas para trabajar.
- Moderado: La persona lesionada se ve impedida para ejecutar actividades para su desarrollo personal. Mismas son expuestas en el artículo 54 de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, y guardan relación con el disfrute, las relaciones sexuales, la actividad deportiva y demás.
- Leve: Ocurre en los casos en los que las víctimas no pueden realizar algunas actividades de carácter personal, así como de carácter laboral. Pues, se encuentra limitado de manera parcial para ejecutarlas.
Perjuicios morales complementarios por perjuicio estético
El perjuicio moral que es objeto del aumento de la compensación, se origina cuando el daño estético consiga una puntuación de por lo menos 36 puntos.
Daños morales complementarios por perjuicio psicofísico
El perjuicio moral se produce si luego del accidente, una secuela consigue una clasificación de unos 60 puntos. Igualmente, si concurren varias y alcanzan los 80 puntos en total. Un ejemplo de esto, son aquellos lesionados que lamentablemente terminan totalmente ciegos, a consecuencia de las lesiones producidas en el accidente.
Preguntas frecuentes
A continuación, se mostrarán las preguntas más frecuentes que presentan nuestros clientes con relación al tema en cuestión. Así mismo, cada una de ellas contiene una respuesta clara y concisa.
¿Qué se puede considerar como secuelas?
Según como lo definen los términos médicos, es la lesión o los trastornos remanentes que quedan presentes en el cuerpo, luego de una enfermedad o un traumatismo causado por un incidente.
¿Qué se entiende por secuela transitoria en un accidente de tráfico?
Son aquellas secuelas que se originan luego de un siniestro, pero que después dejan de ser visibles o sencillamente desaparecen. Esto puede ocurrir como resultado de que el tratamiento ha sido cumplido a la perfección, o porque la recuperación ha ocurrido por si sola con el pasar de los días.
¿Cómo reclamo una compensación por secuelas tras un accidente de tráfico?
La solicitud para una compensación por secuelas, debe instaurarse luego de que la víctima haya alcanzado la denominada estabilización lesional. Esto debe hacerse de esta manera, ya que solo luego de que ha concluido el proceso de curación, es que puede establecerse si han quedado o no secuelas.
¿Cómo son puntuadas las secuelas tras un infortunio de tráfico?
Las secuelas que ha dejado atrás un accidente de tráfico, se valoran de acuerdo al baremo del año 2016 y que aún sigue en vigencia. El mismo establece una puntuación que va desde 1 hasta el 50, por lo que a cada lesión se le asigna un puntaje.