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Las tablas de indemnización por accidentes suelen ser un poco difíciles de interpretar. Es por ello que lo más aconsejable a la hora de conocer los precios de las indemnizaciones para hacer los cálculos pertinentes, es acudir a un abogado de accidentes, esa sería la opción ideal.
Sin embargo, este artículo tiene como objetivo explicar las tablas de forma sencilla y esclarecer, en la manera posible, cualquier duda referente a las tablas de indemnización por accidentes.
A pesar de que muchas de las tablas que se mencionan son del año 2020, los importes están sujeto a cambios por los aumentos anuales, en concordancia con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 8/2004.
De acuerdo con el artículo 49 de la LRCSCVM, el aumento para el año 2021 comparado con el año anterior, será del 0,90%. Esto tiene como base el índice de revalorización de las pensiones.
Dicho lo anterior, es importante resaltar que, para el cálculo de las indemnizaciones, se deben realizar con tablas actualizadas a la fecha en que se expide la ficha de alta médica, aunque el accidente de tráfico o siniestro, causante de los daños, haya tenido lugar unos años antes.
Por un lado, tenemos que las tablas trabajan con un sistema de puntuaciones para los daños sufridos por un accidente. Aunque las secuelas proporcionadas por dicho accidente puedan ser numerosas, se debe tener en cuenta que la sumatoria de las mismas no puede sobrepasar el costo de una pérdida total.
Es decir que, si las secuelas se encuentran localizadas en la misma zona afectada del cuerpo, su puntuación no puede superar el costo de una pérdida total de dicha zona.
Al igual que cualquier valoración de daños causados en una estructura o edificación, existen para este ámbito un perito médico autorizado y capacitado para llevar a cabo la correcta valoración de los daños corporales causados a una persona.
Los peritos médicos, son especialistas capacitados con un amplio conocimiento en contusiones y secuelas, así como también la gravedad y el alcance que pueden tener las mismas.
El perito médico es también el encargado de efectuar un informe, donde se destaquen los daños producidos por el accidente. Asimismo, a esto se añaden sus repercusiones no solo físicas sino también psicológicas, teniéndose en cuenta los problemas a largo plazo para el agraviado en el desarrollo de sus actividades diarias.
Cabe destacar que un informe médico, carente de competencia profesional y poco versado, es motivo suficiente para realizar una impugnación. Por ende, se debe comenzar un nuevo proceso de valoración de los daños para un nuevo informe.
Si has sufrido una invalidez, ¿recibirás algún beneficio?
Sí. Estos son todas aquellas personas que están dentro del régimen general y que deben cumplir con los siguientes requisitos:
1. La persona no debe poseer la edad indicada en el apartado 1.a) del artículo 205 de la Ley General de Seguridad Social (LGSS). Esto, en el instante de la ocurrencia del hecho que ocasionó la invalidez. Así mismo, no debe llenar los requisitos para solicitar una pensión de jubilación, en caso de que la incapacidad provenga de contingencias comunes.
2. La persona debe estar afiliada y en situación de alta, asimilada a esta última o en situación contraria de alta.
El trabajador es considerado como afiliado y en alta, cuando la incapacidad que sufre es adquirida por un accidente en el trabajo, o una enfermedad desarrollada a lo largo de su desempeño profesional.
Sin tomar en cuenta la compañía para la cual se desempeñe, y que esta, no cumpla con sus obligaciones para con sus empleados, puede dar lugar a una figura legal el cual consiste en una huelga, lo cual se traduciría en una alta especial a favor de los trabajadores.
Para el caso de que el trabajador sufra un accidente que no esté dentro del marco laboral o una enfermedad habitual, este debe hacerse con varias cotizaciones antes de optar por esta, con la condición de no poseer el alta médica o que se encuentre asimilada en la misma.
¿Qué hacer para conseguir una retribución por incapacidades?
Para conferir una correcta indemnización por motivo de incapacidades, es muy importante tener en cuenta una serie de elementos:
- Para valorar el daño y realizar una retribución o indemnización por accidente, estudia en qué condición personal y familiar se encuentra el afectado y, si fuera el caso, cualquier tarea que proporcione información a esta búsqueda.
- Los daños y perjuicios causados por un accidente de tráfico, se valoran a través del baremo.
- La indemnización por daños morales figura igual para todos.
- Las indemnizaciones que le otorgan a los afectados son por motivos de: muerte, lesiones permanentes, incapacidades temporales, sean o no invalidantes, de acuerdo con lo dispuesto por el baremo.
- Las indemnizaciones son revalorizadas anualmente, tomando en cuenta los aumentos de las pensiones.
- El baremo solamente toma en cuenta la edad de los agraviados en un accidente.
- Para poder establecer una indemnización acorde a los daños, es de vital importancia un informe médico, que pueda certificar de forma real los daños ocasionados y establecer si son lesiones permanentes o incapacidades temporales.
- Si por hechos del accidente ocurren decesos, los gastos operativos de funeral y entierro entran en el presupuesto de la indemnización. Así también, para el caso del afectado por el accidente, sus gastos médicos serán cancelados por parte de la indemnización.
- En un accidente de tráfico, las partes pueden llegar a un acuerdo por medio de la vía judicial. Esto con el fin de modificar la indemnización a favor del afectado y conseguir una renta vitalicia parcial o total.
- Para los casos en donde existe una víctima menor de edad, producto de un accidente, se evalúa de forma exhaustiva para demostrar o comprobar la culpabilidad o no, en torno al infortunio.
- Si fuera el caso de existir incongruencias en cuanto a la culpabilidad de un accidente, la indemnización podría bajar para la supuesta víctima.
- Si se demostrara que la víctima de un accidente empeoró las secuelas sufridas para recibir más compensación en la indemnización, esta podría disminuir tras un examen minucioso de los daños.
- Los aspectos económicos de la víctima de un accidente de tráfico, son tomados en cuenta para realizar una cotización de la indemnización a recibir, ya que toman en cuenta factores como los ingresos percibidos antes del suceso, y los perdidos tras el siniestro.
- La víctima es estudiada después del incidente para corroborar que la misma no sufriera de alguna anomalía o condición que pudiera agravar las lesiones sufridas después del infortunio.
¿Cuáles son los periodos para realizar la cotización?
Si un trabajador sufre alguna inhabilidad por medio de una enfermedad común y tenga la prueba del alta médica o esté afiliado a la misma, tendrá que hacerse de varias cotizaciones las cuales rigen ciertas normas:
- En caso de que el trabajador posea menos de 31 años de edad: el periodo establecido de cotización será igual a la tercera parte del tiempo transcurrido alrededor de los 16 años cumplidos y la fecha cuando tuvo lugar el hecho.
- Si el trabajador posee 31 años o más: el periodo establecido de cotización será igual a un cuarto del tiempo alrededor de los 20 años cumplidos y la fecha cuando tuvo lugar el hecho.
Para el periodo establecido, el trabajador debe recaudar un quinto de la cotización que se exige y que se encuentra contemplado de esta forma:
- En los 10 años anteriores al hecho que originó la incapacidad.
- O en lugar de eso, en los 10 años anteriores a la fecha de la dimisión de la obligación de cotizar, para que esto pueda tener lugar debe estar pensionado debido a una situación de alta, o al menos asimilada sin la obligación de cotizar.
Lo explicado anteriormente será aplicado a aquellas personas que no completen el periodo específico que se exige, pero que están en condición de recibir la pensión, pero esta se genera a partir de una condición de alta con la obligación de cotizar.
Cabe destacar que, para fines de practicidad, no serán tomadas en cuenta las fracciones de edad menores a los 6 meses y las que estén por encima de esta cantidad serán procesadas como medio año.
Si existe una incapacidad generada por una enfermedad común o un accidente no laboral, que se encuentre en una condición contraria de alta, la estimación será de la siguiente forma:
- Período genérico de cotización: comprende 15 años.
- Periodo específico de cotización: este comprenderá 3 años en los últimos 10.
¿Existen indemnizaciones por accidentes en transporte público?
Estos accidentes también tienen una indemnización, puesto que los pasajeros no son los responsables directos del accidente de tráfico.
Para la financiación de esta indemnización existe el Seguro Obligatorio de Viajeros o SOV, que está regulado por el Real Decreto 1575/1989 de 22 de diciembre. Este establece que el transporte colectivo (con 9 pasajeros o más) entre los vehículos a los que se aplica.
Además, existe el Seguro Obligatorio de Vehículos a Motor, siendo otra de las indemnizaciones que se pueden recibir conjuntamente con el SOV. Al igual que el seguro anterior, existe el Seguro Obligatorio de Responsabilidad Civil de las empresas Transportistas.
Todo esto quiere decir que cualquier accidente que sea resultado de una negligencia por parte del conductor de un autobús o, por ejemplo, un usuario en una estación de tren se cae de las escaleras por el deterioro de las mismas; se puede recibir una indemnización por el SOV y por el Seguro de Responsabilidad de Vehículos a Motor en caso del autobús.
¿Cómo se valora una lesión causada por un accidente en Transporte público?
Los beneficiarios del SOV tendrán la capacidad de recibir indemnizaciones que se valoran según el baremo anexado en el Real Decreto 1575/1989 de 22 de diciembre.
Las tablas de valoración de las lesiones allí descritas establecen que, de no existir la lesión en el baremo, esta será equiparada a una que sí se encuentre descrita en el baremo. Si este es el caso y se puede equiparar a diferentes lesiones, se deberá tomar la lesión más grave.
En el caso de las mujeres embarazadas que hayan sufrido un accidente de tráfico, deberán tomar en cuenta que, de producirse un parto prematuro, se deberá recibir una indemnización que se establece en la décimo tercera categoría del baremo. De producirse un aborto, esta indemnización será del 50% de lo establecido.
Sin embargo, de morir la madre durante el aborto o parto, se tomará el caso como que la muerte fue debido al accidente de tráfico.
¿Existen Indemnizaciones por Causa de Muerte?
Sí. Las tablas y valores máximos para indemnizaciones por causa de muerte las verás a continuación:
Tabla 1.A. para perjuicio personal básico Categoría 1
Según la primera categoría, si el cónyuge queda viudo, se le otorgará una indemnización dependiendo de la edad de la víctima divida en 3 factores principales: (se debe aumentar un 0,90% para 2021)
- Si la víctima tenía hasta 67 años: 93.973,52 euros
- Si la víctima tenía de 67 hasta 80 años: 73.090,51 euros
- Si la víctima tenía más de 80 años: 52.207,51 euros.
Cabe destacar que esto aplica solo hasta los 15 años de convivencia. Por cada año adicional a estos, sin importar la edad de la víctima, se deben añadir 1.044,15 euros.
Tabla 1.A. para perjuicio personal básico Categoría 2
Esta categoría es aplicable para cada progenitor que haya perdido a un hijo (la víctima) durante un accidente. Estas cantidades serán calculadas según la edad de la víctima (se debe aumentar un 0,90% para 2021):
- Si el hijo tenía 30 años o menos: 73.090,51 euros
- Si el hijo tenía 31 años o más: 41.766,01 euros
Se debe tener en cuenta que en caso de que los progenitores muriesen, los abuelos de la rama familiar obtendrían 20.883,00 euros.
Tabla 1.A. para perjuicio personal básico Categoría 3
Esta categoría aplica para hijos que perdieran a sus progenitores en un accidente y será calculado según la edad del beneficiario en vez de la víctima como anteriores casos (se debe aumentar un 0,90% para 2021).
Se otorgará:
- A cada hijo de hasta 14 años: 93.973,52 euros.
- A todos los hijos desde 14 hasta 20 años: 83.532,01 euros.
- A todos los hijos que tengan desde 20 a 30 años: 52.207,51 euros.
- Hijos con más de 30 años: 20.883,00 euros
Debemos tener presente que en caso de que la descendencia directa (hijos de la víctima) falleciera, se otorgará a cada nieto 15.662,25 euros de existir alguno.
Tabla 1.A. para perjuicio personal básico Categoría 4
Esta categoría aplica a los hermanos de la víctima y se calcula respecto a la edad de cada hermano (se debe aumentar un 0,90% para 2021).
Se otorgará:
- A cada uno de los hermanos de hasta 30 años: 20.883,00 euros.
- A cada uno de los hermanos de más de 31 años: 15.662,25 euros.
Tabla 1.A. para perjuicio personal básico Categoría 5
Esta categoría aplica a los allegados que estuviesen bajo directa responsabilidad de la víctima. Esta solo tiene un cálculo de hasta 10.441,52 euros (se debe aumentar un 0,90% para 2021).
Tabla 1.B. para Perjuicio Personal Particular:
- Si el perjudicado sufre de una discapacidad física previa o resultante a el accidente se deberá aumentar de un 25 a un 50% sobre el perjuicio personal básico.
- Si el perjudicado convivía con la víctima deberá determinarse de la siguiente Manera:
- A cada progenitor, si el hijo fallecido tenía más de 30 años: 31.324,51
- A cada abuelo según sea el caso: 10.441,50 euros.
- Cada hijo de más de 30 años cuyo progenitor ha fallecido: 31.324,51 euros.
- A cada nieto cuyos abuelos tenían el tutelaje: 7.831,13 euros.
- Para cada hermano que tenga más de 30 años: 5.220,75 euros.
- Si existe un perjudicado único en su categoría el aumento será del 25% sobre el perjuicio personal básico.
- Si existe un perjudicado único familiar el aumento será de un 25%
- En caso del fallecimiento del progenitor único:
- Cada hijo con 20 años o menos tendrá un aumento del 50% sobre el perjuicio personal básico.
- Cada hijo con 21 años o más tendrá un aumento del 25% sobre el perjuicio personal básico.
- Fallecimiento de ambos progenitores en accidentes:
- Cada hijo con 20 años o menos tendrá un aumento del 70% sobre el perjuicio personal básico.
- Cada hijo con 21 años o más tendrá un aumento del 35% sobre el perjuicio personal básico.
- En caso del fallecimiento del hijo único cada progenitor tendrá un aumento del 25% sobre el perjuicio personal básico.
- Fallecimiento de víctima embarazada con pérdida de feto:
- Durante las primeras 12 semanas de gestación: 15.662,25 euros.
- Luego de las primeras 12 semanas: 31.324,15 euros.
- Los perjuicios excepcionales tendrán un aumento de hasta el 25% sobre el perjuicio personal básico.
Tabla 1.C. sobre los Perjuicios patrimoniales
Son perjuicios patrimoniales todos aquellos daños materiales o económicos que afectan el patrimonio que, siendo un interés económico, se cuantifican e indemnizan según la siguiente tabla.
Daño emergente:
- Perjuicio patrimonial básico: El perjuicio patrimonial básico garantiza una indemnización sin necesidad de justificación por cada perjudicado de 417,66 euros. Sin embargo, los gastos que excedan el importe anterior serán cubiertos siempre tengan justificación.
- Gastos específicos: Estos comprenden los gastos funerarios y de reparación del cuerpo. La indemnización será el importe total de gastos.
Tablas de lucro cesante:
Estas tablas reflejarán el dinero que se dejará de percibir por parte de cónyuges, hijos, progenitores, hermanos, abuelos, nietos, o allegados debido a la muerte del trabajador.
Las tablas que reflejan el lucro cesante por categoría son:
- Del cónyuge: Tabla 1.C.1.
- Del cónyuge con discapacidad: Tabla 1.C.1.d.
- Del hijo: Tabla 1.C.2.
- Del hijo con discapacidad: Tabla 1.C.2.d.
- Del progenitor: Tabla 1.C.3.
- Del hermano: Tabla 1.C.4.
- Del hermano con discapacidad: Tabla 1.C.4.d.
- Del abuelo: Tabla 1.C.5.
- Del nieto: Tabla 1.C.6.
- Del nieto con discapacidad: Tabla 1.C.6.d.
- Del allegado: Tabla 1.C.7.
- Del allegado con discapacidad: Tabla 1.C.7.d.
Y si quedan lesiones temporales, ¿Hay Indemnizaciones por secuelas?
Las lesiones temporales (que también son indemnizadas en las tablas 3.A, 3.B y 3. C) se convierten en secuelas al estabilizarse el estado de la víctima. Estas se dividen en dos perjuicios principales.
Perjuicios personales particulares
Esta está calculada por la tabla 2.B del baremo. En esta tabla se establece:
- Cuando una secuela alcanza 60 puntos o el resultado de la suma de secuelas concurrentes alcanza 80 puntos se otorgarán: De 20.047,68 hasta 100.238,42 euros a la víctima.
- En el caso de daños morales por perjuicio estético se otorgarán: de 10.023,84 hasta 50.119,21 euros.
- En caso de pérdida de calidad de vida se subdividen en Muy Grave (hasta 156.622,53 euros), Grave (hasta 104.415,02 euros), Moderado (hasta 52.207,51 euros) y Leve (hasta 15.662,25 euros).
- El perjuicio moral por la pérdida de calidad de vida de familiares de los grandes lesionados: De 31.324,51 Hasta 151.401,77 euros.
- En caso de mujeres embarazadas que perdieron el feto durante las primeras 12 semanas de gestación: 15.662,25 euros. Posteriormente: 31.324,51 euros.
- Perjuicios excepcionales reciben un aumento de 25% sobre el perjuicio personal básico.
Perjuicios Patrimoniales
Se calcula tomando como referencia la tabla 2 C.
- Por el daño emergente sobre asistencias sanitarias futuras se aplica lo expresado en la tabla 2.C.1.
- Por prótesis y órtesis hasta 52.207,51 euros.
- Estados vegetativos y tetraplejias por encima de la vértebra C-4: hasta 14.096,02 euros.
- Tetraplejias, secuelas del lenguaje o trastornos neuropsicológicos: hasta 9.919,43 euros.
- Demás supuestos del artículo 116.4: Hasta 6.108,28 euros.
- Gastos por autonomía personal como ayudas técnicas (hasta 156.622,53 euros), adecuación de la vivienda (hasta 156.622,53 euros), costes extra de movilidad: hasta 62.649,01 euros. Ayuda de terceros (tabla 2.C.2 y 2.C.3).
- Tablas de lucro cesante según sea el caso: Absoluta (Tabla 2.C.4.) Total (Tabla 2.C.5) Parcial (tabla 2.C.6). incapacidad de acceder al mercado laboral: Absoluto (Tabla 2.C.7), Total (2.C.8)
Preguntas Frecuentes:
Si después de leer toda esta información te quedaron algunas dudas, a continuación, te ofrecemos algunas preguntas frecuentes respecto a las indemnizaciones:
¿Estas tablas aplican a mi caso particular?
Recordemos que estos números son orientativos y muchas de las tablas mostradas muestran puntajes que requieren la evaluación de un profesional sobre el caso. Esta persona determinará la gravedad de su situación y el puntaje que aplica a vuestra situación. Esto es así debido a la gran cantidad de variantes en los accidentes.
¿Por qué las tablas de lucro cesante no tienen aumento?
Debido a que el SMI sufrió una prórroga comparada con el año 2020. Sin embargo, el resto del baremo sí conlleva un aumento del 0,90%, ya que estas están basadas en el índice de revalorización de las pensiones.
¿Cómo se calculan los puntos por secuela?
Estas se calculan según la edad de la víctima en el momento del accidente y la intensidad de la lesión. Esta puede ir en valores leves, como perjuicios estéticos hasta su valoración en graves como la pérdida de la autonomía personal.
¿Qué son lesiones temporales?
Son lesiones que ocurren al momento de un accidente. Estas también son indemnizadas mediante el pago de los gastos de estabilización del paciente y el tiempo que quede inhabilitado. De ser una lesión permanente, estas lesiones se convertirán en secuelas y se podrán indemnizar según el grado de intensidad.